Por Prótesis (No Estética)

Artículo 16 del REGLAMENTO DE AYUDA SOCIAL DEL CCP

Se considera ayuda social por prótesis no estéticas cuando, por causa fortuita o fuerza mayor, se produzca la pérdida o afectación de una parte del cuerpo que ocasione una disminución de la capacidad para el trabajo, o cuando se requiera un equipo especial para compensar, controlar, mitigar o neutralizar las limitaciones en las actividades.

Beneficiarios: Socio/a titular; cónyuge o conviviente legalizado/a; hijos dependientes hasta los 22 años y 11 meses de edad; hijos con discapacidad sin límite de edad.

La solicitud de esta ayuda podrá presentarse hasta un máximo de 3 meses posteriores a la adquisición de la prótesis, tomando como referencia la fecha que consta en la factura original presentada.

Requisitos para prótesis no estética del socio/a:
  • Solicitud dirigida al Presidente del Club de Clases y Policías.
  • Certificado médico actualizado, sellado y firmado con el respectivo código médico del profesional tratante de la respectiva casa de salud.
  • Copia de la cédula junto con el carnet actualizado del Club del socio titular (en una sola hoja estos documentos a color).
  • Facturas que estén relacionados directamente con la prótesis no estética, a nombre del socio titular.

Requisitos para prótesis no estética de los dependientes del socio/a:

  • Solicitud dirigida al Presidente del Club de Clases y Policías.       
  • Informe médico actualizado, sellado y firmado con el respectivo código médico del profesional tratante de la respectiva casa de salud.   
  • Copia de la cédula junto con el carnet actualizado del Club del socio titular (en una sola hoja estos documentos a color).
  • Facturas que estén relacionados directamente con la prótesis no estética, a nombre del socio titular y/o el dependiente beneficiario.    
  • Copia de la cédula de identidad del dependiente del socio junto con el carnet actualizado del Club; a color (cónyuge/conviviente, hijos dependientes hasta cumplir los 22 años 11 meses de edad, hijos dependientes con discapacidad sin límite de edad).        
  • Certificado de matrimonio o declaración juramentada de unión de hecho y debidamente legalizada en el registro civil (cuando se solicita para la cónyuge/conviviente y no refleja la unión en su documento de identidad).